sábado, 25 de julio de 2015

Norma prohibirá uso de cama solar a menores de 18 años



El uso de camas solares será restringido a menores de 18 años y las personas que soliciten el servicio tendrán que presentar la autorización de un dermatólogo, según contempla un anteproyecto de ley elaborado por el Ministerio de Salud y que busca prevenir el cáncer de piel en el país.

“Junto a la Sociedad Boliviana de Dermatología estamos terminando de elaborar el anteproyecto de ley sobre el uso de camas solares en cualquier centro privado o público de Bolivia. El documento tendrá 13 artículos y estimamos que será presentado a la Asamblea Legislativa hasta septiembre”, informó a La Razón Rodolfo Rocabado, responsable nacional de Epidemiología, del Ministerio de Salud.

El médico especificó que la prohibición para menores de 18 años es una recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS) debido a que la piel de los adolescentes es más sensible a los daños que causa la radiación de rayos ultravioleta. “Si bien los efectos no se ven en el momento, años después tendremos una cantidad elevada de personas adultas que presenten cáncer de piel”.

Según datos de la OMS, en 2003 solo Brasil y Francia prohibían el uso de las camas solares a menores de 18 años; en 2014, la lista se incrementó a la mayoría de los países de Europa y también en Argentina. Brasil extendió la restricción a todas las edades, es decir, prohibió el uso de estas camas.

Rocabado también anunció que los usuarios adultos que soliciten el servicio “solo para lucir una piel bronceada” tendrán que presentar un certificado dermatológico en el que se especifique el tiempo y las condiciones en las que podrá estar expuesto a los rayos ultravioleta del artefacto.

Este medio publicó el 22 de julio que el uso indiscriminado de las camas solares en los centros de belleza aumentó de manera alarmante, lo que provocó que el factor de riesgo para adquirir el cáncer en la piel se triplique en el país, sobre todo en mujeres, que son las que más demandan el servicio.

Contenido. Otro de los artículos del anteproyecto establece que todas las empresas, centros de belleza y otras instancias que oferten el servicio de las camas solares tendrán que registrarse ante el Ministerio de Salud o el Servicio Departamental de Salud de las nueve regiones para funcionar. “Además tendrán que registrar cada uno de sus equipos, tener uno o más operarios para la manipulación de las camas y todo será corroborado por los técnicos del ministerio”, dijo.

María Paredes, presidenta de la Sociedad Boliviana de Dermatología, organización que apoya en la redacción de la norma, sostuvo que el anteproyecto también incluye que los establecimientos dedicados al rubro tengan la obligación de brindar orientación a los clientes y hacer que se coloquen, sin objeción alguna, la protección ocular para evitar cualquier daño visual.

También se ordenará que los propietarios entreguen a cada usuario las advertencias sobre los peligros que conlleva a la salud el uso de las camas solares. Afiches deben ser colocados en lugares visibles. “El bronceado artificial, además de causar el melanoma, que es el tipo de cáncer de piel más mortal, provoca daños en la vista: leucoma, lesiones en la retina y otros”.

Plazos para adecuación

Una vez que la ley sea promulgada, los establecimientos que ofertan el servicio de cama solar tendrán 90 días para regularizar su situación legal. Pasado ese tiempo, las alcaldías y gobernaciones procederán con el cierre de los centros.


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